Contrato de Arriendo (depto, casa u oficina)

Un contrato de arriendo es un acuerdo legal entre el dueño de una propiedad (arrendador) y quien la va a usar (arrendatario) por un tiempo determinado. El arrendatario paga una cantidad de dinero acordada en el contrato a cambio de usar la propiedad.

Según la Ley N° 18.101, para efectos probatorios, las firmas de los contratantes en los contratos de arrendamiento de bienes raíces urbanos autorizadas por un notario público constituyen un antecedente suficiente para ejercer la demanda monitoria establecida en el artículo 18-A de dicho cuerpo legal. La demanda monitoria es una forma más rápida de iniciar juicios de arrendamiento, ya que permite ordenar el desalojo de arrendatarios morosos en un plazo máximo de 10 días.

Recuerda: debes elegir la cantidad de firmantes antes de agregar el trámite al carro de compra.

Contar con un contrato de arriendo por escrito y firmado ante notario permite:

  • Dejar constancia formal de las condiciones acordadas entre arrendador y arrendatario
  • Facilitar la prueba en caso de incumplimientos y exigir derechos ante tribunales
  • Obtener fecha cierta y mayor seguridad jurídica sobre el documento
  • Ejercer la demanda monitoria en caso de arrendatarios morosos, un procedimiento judicial más rápido que ordena el desalojo en un plazo máximo de 10 días

Aunque la ley permite acuerdos verbales de arriendo, contar con un contrato escrito y notariado es lo que realmente protege a ambas partes frente a incumplimientos o disputas.

¿Es obligatorio firmar el contrato ante notario?

Sí, en contratos escritos es obligatorio que las firmas sean autorizadas por un notario para otorgarles validez formal.

¿Se puede hacer un contrato verbal?

Sí, pero no es recomendable, ya que dificulta la prueba en caso de conflictos.

¿Qué pasa si el arrendatario no paga?

El contrato permite iniciar acciones legales, incluyendo procedimientos más rápidos como la demanda monitoria.

¿Se puede terminar el contrato antes del plazo?

Sí, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el contrato o lo permita la ley.

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Contrato de Arriendo de Departamento, Casa u Oficina

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Un contrato de arriendo es un acuerdo legal entre el dueño de una propiedad (arrendador) y quien la va a usar (arrendatario) por un tiempo determinado. El arrendatario paga una cantidad de dinero acordada en el contrato a cambio de usar la propiedad. Según la Ley N°18.101, y para efectos probatorios, las firmas de los contratantes en los contratos de arrendamiento de bienes raíces urbanos que sean autorizadas por un notario público constituirán un antecedente suficiente para ejercer la demanda monitoria establecida en el artículo 18-A de dicho cuerpo legal. *Demanda monitoria es una nueva forma de iniciar los juicios de arrendamiento siendo ésta más corta, ya que permite que se ordene el desalojo de los arrendatarios morosos en el plazo máximo de 10 días).

Recuerda que debes elegir la cantidad de firmantes antes de agregar el trámite al carro de compra.

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